Los fisioterapeutas son profesionales sanitarios de primer orden en el sistema sanitario. Una especialidad relativamente joven e imprescindible en los equipos multidisciplinares de atención primaria y hospitalaria.
No podíamos dejar de contar con Raúl FerRer como colaborador de este blog sobre ejercicio físico, un profesional de conocida presencia en eventos científicos de su especialidad y muy activo en RRSS. Le agradecemos su colaboración al escribir un post tan didáctico como este y con una conclusión tan rotunda… a veces, ¡es mejor no actuar!
Un abrazo, Raúl y que todo acabe bien
Es relativamente frecuente que algunos padres preocupados por distintas condiciones de salud de su progenie acudan a las consultas de fisioterapia, a veces derivadas por pediatría que opta por la interconsulta, o a veces de motu propio para salir de dudas.
En condiciones normales el papel del fisioterapeuta en la prescripción y seguimiento de actividad física en el niño y adolescente sano, es relativamente reducido, y se limita a aquellos casos de factores de riesgo en los que se requiere la prevención de algún evento. Sin embargo, en caso de aparecer alguna limitación funcional (permanente o transitoria) que impida realizar sus actividades lúdicas, deportivas o cotidianas, o se realicen con cierta dificultad, el fisioterapeuta es el profesional sanitario de referencia.
Antes de comprender el papel del fisioterapeuta en estos casos, es conveniente conocer las diferencias entre Actividad Física, Ejercicio Físico, Ejercicio Terapéutico y Deporte, ya que son términos que habitualmente se utilizan como sinónimos y existen matices relevantes que nos facilitarán la comprensión de las habilidades específicas de cada profesional a la hora de elegir.
Actividad Física se refiere a todo aquel movimiento corporal producido por el aparato musculoesquelético que requiera un gasto calórico. Sin embargo, ejercicio físico requiere la planificación y estructuración del movimiento enfocado al mantenimiento o reestructuración de alguno o varios de los componentes de la aptitud física, siendo esta última la capacidad corporal de realizar actividad física. Es decir, que el ejercicio físico está incluido en la actividad física, y toda actividad física que sea realiza con una finalidad competitiva, se considera deporte.
En fisioterapia, dentro de nuestras competencias, utilizamos como un instrumento habitual para alcanzar los objetivos terapéuticos que nos planteamos con los pacientes con limitación funcional este ejercicio físico, pero dado que su objetivo es el de mejorar alguna capacidad reducida, o recuperar alguna limitación existente o potencial (prevención); a este instrumento lo denominamos ejercicio terapéutico, y debe ser un profesional sanitario el que lo prescriba con todos sus parámetros clásicos de: Tipo, Duración, Frecuencia e Intensidad, para considerarse como tal.
Por tanto, podemos deducir que en aquellos casos en los que el niño/adolescente presenta una limitación funcional específica(esguince, sobrecarga muscular, tendinopatías, etc..), o exista un riesgo potencial de sufrirla(cambio brusco de actividad, periodos largos de inactividad, etc.) el ejercicio terapéutico prescrito por el fisioterapeuta debe interpretarse como un “medicamento” dirigido a recuperar o prevenir esa limitación, y no como parte de la actividad deportiva o lúdica. Lo que no significa que el fisioterapeuta no pueda recomendar, como parte de los hábitos de vida saludables, la práctica regular de actividad física, que según la OMS debe ser de unos 60 minutos al día de actividad física de intensidad moderada o vigorosa, al menos 3 veces en semana.
En resumen, si no existe un problema de salud actual o potencia que limite la actividad normal del niño, no es necesario acudir al fisioterapeuta, por lo menos de momento.